ARTICULACION DEL MARCO JURIDICO

La persona con discapacidad tiene los mismos derechos que sus conciudadanos de la misma edad. Sin embargo en orden al ejercicio de sus derechos, puede encontrarse en una situación de desventaja que requiere la adopción de medidas específicas destinadas a equiparar oportunidades.Es por ello que en el campo de la equiparación de oportunidades se inscriben todas las medidas legales que tienen la meta política de incorporar a la comunidad a las personas con discapacidad facilitando el ejercicio de los derechos y modificando actitudes y conductas sociales. La actividad legislativa en la materia ha avanzado significativamente a partir del año 1996, en que se sanciona la Ley 7600 –texto con contenido global- que acoge la definición legal de persona con discapacidad y las políticas implícitas en Salud, Educación, Trabajo, Seguridad Social y Accesibilidad. Dentro del sistema nacional de gobierno las provincias y las municipalidades han ido coordinando y siguiendo las pautas de la ley 7600 en la materia de discapacidad.Desde nuestro medio lanzamos una voz que se haga escuchar denominada “Equiparación de Oportunidades”. El desarrollo progresivo de la legislación nacional, provincial y municipal nos permite afirmar que el marco legal reconoce tres tipos de legislación relacionada con los derechos, servicios y beneficios para las personas con discapacidad.